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Exposición bibliográfica
100 impresos españoles sobre la Inquisición
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Abril 2018
Resolución reaL de Carlos II Madrid, 1679

Resolución reaL de Carlos II
Lo que su magestad se ha servido resolver se observe entre la jurisdicion Real, y la privilegiada de los Tribunales de la Inquisicion, es lo siguiente.
[Madrid: s. n., 1679].
Folio menor; [4] ps. (la última blanca); 31x21 cm.— Sin cubiertas.
jurisdicciones en que son competentes los tribunales civiles ordinarios y los inquisitoriales, en función del tipo de delito y de que el encausado sea familiar del Santo Oficio. Fija asimismo los plazos en que los tribunales de la Inquisición deben consultar sobre su competencia, para evitar dilaciones en los procesos, unas normas estas últimas destinadas a proteger a los reos. La resolución se refiere solo a los casos relativos a la Corona de Castilla y León, y va firmada al fin por Gerónimo de Eguía, secretario del Despacho Universal del Rey, en Madrid el 12 de mayo de 1679. Con ligeros cambios en las frases preliminares, el presente texto se corresponde con la Ley IV, Título VII, Libro II de Carlos II, fechada en Buen Retiro el 28 de abril de 1679 “Capítulos que deben observarse entre las jurisdicciones Real y de la Inquisición sobre el conocimiento de causas”, recogida en la Novísima recopilación de las leyes de España mandada formar por Carlos IV (Madrid, 1805). En la página blanca final hay una anotación manuscrita de la época: “Concordias de Castilla”.
Palau 139240. No en Vekene.